¿Se auditó Abengoa?

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Todos los informes de auditoría correspondientes a las Cuentas Anuales de Abengoa depositadas en la CNMV desde 2012 hasta 2014 fueron firmados por el Auditor sin expresar salvedad alguna. La opinión del informe de auditoría fue limpia, ni tan solo un párrafo de énfasis.

De la lectura de dichas Cuentas Anuales, se puede obtener lo siguiente:

Ratio de Endeudamiento (Deudas totales/Deudas totales + Patrimonio neto) se sitúa en todos estos años entre el 90 % y el 91 %.

Esto quiere decir, que del total de la financiación, el 90 % son deudas y el 10% solamente patrimonio neto. La composición de la deuda es aproximadamente el 50% a corto y el 50% a largo plazo.

¿No es este excesivo? No es excesivo mantener durante tres años un ratio de endeudamiento del 90% con todo el riesgo financiero que esto conlleva?  Realmente se pensaba que esto iba a durar de forma indefinida?

¿Debería haber señalado el auditor en su informe este exceso de endeudamiento?

Además si observamos los balances de Abengoa durante todos estos años, se puede observar que la evolución de los activos por impuestos diferidos registrados en la contabilidad es el siguiente:

 

(en millones de euros)

  2012 2013 2014
Activos por impuestos diferidos 1.184 1.281 1.504

 

Cierto es que también se registran pasivos por impuestos diferidos, en las cantidades siguientes:

 

(en millones de euros)

  2012 2013 2014
Pasivos por impuestos diferidos 277 327 281

 

Se puede observar que en cantidades de pasivo por impuestos diferidos son muy inferiores a la de los activos.

 

Pues bien, si observamos la cantidad de Activos por impuestos diferidos registrados netos de los pasivos por impuestos diferidos, tendremos lo siguiente:

(en millones de euros)

  2012 2013 2014
Efecto neto a favor de Activos por impuestos diferidos. 907 954 1.223

 

Si comparamos ahora esto con el patrimonio neto, tendremos:

 

(en millones de euros)

  2012 2013 2014
Patrimonio neto. 1.860 1.893 2.646
(-) Activos netos por impuestos diferidos.    907    954 1.223
Patrimonio neto depurado del efecto impositivo de los activos netos por impuestos diferidos    953    939 1.423
Porcentaje de disminución del Patrimonio neto   48 %   50 %   46 %

 

¿Qué ha pasado?

Pues que hemos aplicado los criterios de Basilea III para los bancos. Los activos por impuestos diferidos son derechos de compensación en el futuro por parte de la empresa de los beneficios que pudiera tener en años siguientes. Es un derecho de compensación por futuros beneficios. Esto es, hay que tener en el futuro beneficios suficientes para poder realizar estos activos, o de lo contrario no son nada.

Por este motivo, tanto Basilea III, como el propio ICAC en su Proyecto de Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por la que se dictan normas de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para la contabilización del Impuesto sobre beneficios, impone ciertas cautelas a la hora de reconocer contablemente estos activos por impuestos diferidos.

En cualquier caso, si estos activos por impuestos diferidos no se pudieran compensar en el futuro, la disminución del patrimonio neto sería entorno al 50 % en Abengoa, lo cual complica todavía más el ratio de endeudamiento, que pasaría a ser del 94 %.

¿Es todo ésto lógico? Es de suponer que el auditor de Abengoa podrá demostrar con sus papeles de trabajo que ha obtenido evidencia suficiente y adecuada para no incluir en el informe, ni tan siquiera, un párrafo de énfasis.

La Ley de Auditoría ha sufrido dos cambios muy recientemente, primero en 2011 y más recientemente en 2015, y todo ello para intentar que la auditoría, como servicio social que es, proporcione una fiabilidad a las Cuentas Anuales, ¿se está consiguiendo esto?

¿Cumple la auditoría con las expectativas que los usuarios de la información contable esperan?

¿Cuál es el futuro de la auditoría de cuentas?

A la vista de los datos señalados resulta incomprensible que no haya habido ninguna voz de alerta por parte del auditor respecto al excesivo apalancamiento de la empresa, o respecto al volumen muy significativo de bases imponibles negativas, máxime al tratarse de una gran empresa como Abengoa cuya caída podría acarrear un importante impacto económico y social.

Confiamos en que, con la entrada en vigor de la nueva Ley de Auditoría de cuentas (22/2015), se pueda mejorar de forma efectiva la calidad y rigurosidad de las auditorías sobre todo en las empresas de interés público. Y con la inclusión de la limitación de honorarios, la limitación temporal del nombramiento del auditor y demás incompatibilidades introducidas, se fortalezca la independencia del auditor respecto a la empresa auditada, solo de esa forma se podrá recuperar la confianza de los distintos usuarios de la información contable.


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